Qué hacer con los problemas de ruido de los vecinos en Bogotá

Photo Credit To Alcaldía de Bogotá

Seguramente, en las recientes festividades, muchos bogotanos se vieron en conflictos con sus vecinos por los niveles de música y algarabía que manejaba cada vivienda. No obstante, no todo sonido a altos niveles puede ser considerado como ‘ruido’, según la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, que indicó este viernes cómo actuar en caso de enfrentarse a este tipo de situaciones.

Según la entidad, que reconoce que los ciudadanos más afectados son aquellos que viven en zonas aledañas a discotecas, tabernas, bares y sitios de talleres automotrices, entre otras, la definición de ruido, brindada por la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA), es aquel conjunto de sonidos fuertes, inesperados y, además, desagradables, que se presentan en una vivienda o establecimiento y que superan los niveles permitidos.

Camilo Acosta, funcionario de la Subdirección de Inspección, Vigilancia y Control de la Secretaría General, aseguró que si alguien quiere presentar algún reclamo contra un vecino, debe ponerse en contacto con la SDA, entidad competente para este tipo de casos.

Son cuatro los mecanismos que tiene la entidad para tratar estos conflictos dentro de una comunidad. El primero, es por medio del Sistema Distrital de Quejas y Soluciones enviando una petición sobre el problema en detalle. Los otros mecanismos son la línea 195, el correo institucional de la Subdirección de Inspección, Vigilancia y Control:subdireccionivc@alcaldiabogota.gov.co, o directamente en las oficinas de la SDA.

En la petición, el reclamante debe especificar la razón social y la dirección del lugar en cuestión, a lo que el Distrito responderá procediendo a verificar las normas del ruido, evaluando mediante sonómetros si ciertamente hay o no un sobrepaso a los niveles autorizados. De ser así, la SDA entregará una constancia, en la que se determina un plazoaproximado de dos semanas para que el establecimiento se ajuste a la normatividad. Adicionalmente, se procederá a hacer el sellamiento de la fuente de emisión del ruido, pero no del lugar.

Si se registra un nuevo incumplimiento, en los operativos de control liderados por la Alcaldía Local y la Policía metropolitana de Bogotá, se radicará un concepto técnico ante el Grupo de Apoyo Jurídico, donde se dará una respuesta definitiva a la queja. Tras esto, se iniciaría un proceso sancionatorio, en el que sí se abrirá formalmente un expediente al propietario del establecimiento o vivienda que infrinja la ley. Finalmente, en esta parte del proceso, se formula y notifica un pliego de cargos.

10 días hábiles tendrían los infractores para hacer sus respectivos descargos, luego de lo cual se genera un concepto técnico definiendo la sanción o exoneración. Según la ley 232 de 1995, las sanciones específicas cuando se incumplen las normatividades vigentes frente al tema de sonido, van desde multas, sellamientos, hasta el cierre definitivo del establecimiento.

De igual forma, la Resolución 627 de 2006 emitida por la SDA, proponeuna norma de emisión de ruido por sectores, clasificada de la siguiente manera:

Tranquilidad y silencio: Hospitales, bibliotecas, guarderías, sanatorios y hogares geriátricos. El estándar máximo de sonido es de 55 decibeles en el día, y de 50 en la noche.
Zona sub-urbana de tranquilad y ruido moderado: Zonas residenciales suburbana, de explotación agropecuaria y de recreación y descanso. Tiene niveles permitidos de 55 decibeles en el día, y de 50 en las noches.
Tranquilidad y ruido moderado: Zonas residenciales, universidades, colegios y parques en zonas urbanas diferentes a parques mecánicos al aire libre. El estándar máximo permitido es de 65 decibeles en el día, y de 55 en la noche.
Ruido intermedio restringido: Zonas con uso industrial, zonas francas y portuarias, almacenes, centros recreativos, restaurantes, bares, discotecas y tabernas. Estas zonas tienen un máximo permitido de 70 decibeles en el día, y de 60 en la noche.

Post source : El Espectador

Sobre el autor

Publicaciones relacionadas

Dejar una respuesta

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Si continúas navegando, consideramos que aceptas el uso de esta tecnología y que estás de acuerdo con la política de procesamiento de datos de este sitio. Mas Información    Más información
Privacidad